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AMS, PM, c 2, e 49, d 56, 7 ff

PM · «…mes de mayo de mil y seis[cientos]… años» (año cortado en el margen/ilegible-duda). El contexto (mismos firmantes y misma tutela que el auto de mayo de 1669 en PM c2 e49 d55, id 48580) hace probable mayo de 1669; el catálogo da 05-abr-1659 para el expediente de 7 ff: verificar · Sello de los años 1654-1655 (lectura duda: ¿1658-1659?) · Villa de Santiago del Saltillo (Nueva Vizcaya) · — DIRECTA

Juana de la Garza, esposa de Lorenzo García, nombra herederos a sus seis hijos y tenedor y curador a su esposo.

Personas: Alférez LORENZO GARCÍA (firma «Lorenzo García»); JUANA DE LA GARZA (esposa, referida como «difunta» según lectura B/duda); DIEGO FLORES (alférez; el nombre se lee «Diego», antes leí «Rodrigo»: duda) (tutor y curador de los menores); Nicolás Flores; Joseph de los R[íos?]; Bartolomé Rg…(duda) · —

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Lectura: «…del mes de mayo de mil y seis[cientos]… años. En cumplimiento de lo por mí mandado pareció el alférez Lorenzo García, a quien mandé dé y entregue los bienes que tiene en su poder recibidos en dote con Juana de la Garza; para ello recibí juramento por Dios nuestro señor y una señal de cruz en forma de derecho, so cargo del cual prometió decir verdad, y dijo tener recibidos en dote los bienes que declaró, y que al presente tiene más bienes que son ocho mulas mansas herreras, aparejadas… y dos mulas secretas… [casa, etc., ilegible/duda]. Los entregará y lo firmó conmigo, testigos… Lorenzo García… En la villa de Santiago del Saltillo, en dicho día [el] dicho alférez Lorenzo García se obligó a entregar los bienes que tiene declarados y pasarán en poder de Diego Flores, tutor y curador de los menores [hijos] de Juana de la Garza, su [mujer] difunta, el cual… [se] obligó a sanear… dar cuenta… para que así se lo haga guardar y cumplir como por sentencia pasada en cosa juzgada…» [Testigos/padrinos: Firmas al pie: Joseph de los R…, Lorenzo García, Rº Flores, Nicolás Flores, Bartolomé Rg…, y otra firma de escribano/juez ilegible]

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Lectura: Verso casi vacío; texto del anverso transparentado e ilegible. «Un quartillo / Sello quarto, un quartillo, años de mil y seiscientos y …quenta y quatro y cinquenta y cinco». ALERTA: si el año del sello es 1654-55 contradice la fecha 1659 del catálogo; verificar contra el original (ilegible/duda).

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