SefaradEntrar

← Archivo

AMS, PM, c 41, e 45, 1 f

PM · 3-sep-1789 · Villa de Santiago del Saltillo; hecho en la hacienda de San Isidro de Palomas · Villa del Saltillo POSIBLE

Juana María de Paez demanda a un tal Muñoz, hortelano de José González, por haber dado muerte a su marido José María de la Garza en la hacienda de San Isidro de Palomas.

Personas: Juan Antonio González Bracho (teniente general y alcalde mayor); Juana María Páez (viuda querellante); José María de la Garza (difunto, esposo legítimo de Juana María Páez, [vecino de la Hacienda del Monte, duda], residente en el partido de pocos días antes); José González (dueño de la hacienda); Muñoz (hortelano, presunto agresor) · Juan Antonio González Bracho; Fco. Juan Antonio de Quevedo (escribano); José González y su esposa; Muñoz (hortelano)

Imagen 1

AMS, PM, c 41, e 45, 1 f imagen 1

Lectura: Sello cuarto 1788-89. «En la Villa de Santiago del Saltillo en tres días del mes de septiembre de mil setecientos ochenta y nueve años, el señor Don Juan Antonio González Bracho, Teniente general de Alcalde mayor en ella y su jurisdicción, estando en este su Juzgado en actual ejercicio de Justicia, dijo sumo [duda] que por cuanto en lo vespertino se le ha presentado una mujer que dice llamarse Juana María Páez y que es mujer legítima de Josef María de la Garza, [vecino de la Hacienda del Monte (duda)] y residente en este partido de pocos días a esta parte, manifestando el estar informada de que al dho su marido le dio muerte el hortelano de Dn Josef González de apellido Muñoz, cuyo hecho pasó en la huerta de la Hacienda de San Isidro de Palomas, y que su aserción se acredita en que al expresado difunto lo tuvieron por el espacio de un día encerrado en una bodega del mismo Dn Josef González, y haciendo presuntas [duda] que de noche lo hubiesen sepultado en la capilla que en la actualidad se ha fraguado [duda] en la misma Hacienda…». Los carpinteros «despedidos por el referido Don Josef González» dificultan la averiguación. Coincide con la ficha (3-sep-1789).

Imagen 2

AMS, PM, c 41, e 45, 1 f imagen 2

Lectura: «…porque tales excesos no queden impunes y que el castigo sirva de ejemplar a la contención de muchos, mandaba y mandó se proceda contra las personas y bienes del agresor o agresores siguiéndose la causa en sumaria; y para el efecto se aprehenda al acusado hortelano y demás operarios que le acompañan en su excesión [duda]; librándose el correspondiente mandamiento de prisión y embargo al Regidor Alguacil mayor… a dho Josef González, y en su ausencia a su esposa o persona que haga sus veces en dha Hacienda, a fin de que entreguen a los reos… principalmente al hortelano Muñoz, para que a buena y segura guarda se conduzcan a la Real Cárcel, dejando embargados los bienes que se reconocen por suyos como es de rito, sirviendo al mismo tiempo este auto por cabeza de proceso… Así lo proveyó, mandó y firmó… [Juan Antonio González] Bracho. Ante mí Fco. Juan Antº de Quevedo, Esn. Pub. y de Cavº». Al pie: «En dho día se libró mandamiento al Regidor Alguacil mayor para el embargo y conducción del reo [hortelano? duda]».

Consulta en pantalla. Los folios del archivo no se descargan.